lunes, 14 de febrero de 2022

III Marquesa de Torroja

El pasado martes 8 de febrero nos desayunábamos con la noticia. Ana Torroja (1959), la cantante y exvocalista del grupo pop Mecano, recibía el título de marquesa de Torroja según el ordenamiento que publicaba ese día el Boletín Oficial del Estado (BOE), JUS/70/2022, de 25 de enero.

“De conformidad con lo previsto en el Real Decreto de 27 de mayo de 1912, este Ministerio, en nombre de S.M. el Rey, ha tenido a bien disponer que, previo pago del impuesto correspondiente, se expida, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, Real Carta de Sucesión como Marquesa de Torroja, a favor de doña Ana Torroja Fungairiño, por fallecimiento de su padre, don José Antonio Torroja Cavanillas”.

Enrocados antecedentes

Es probable que recuerde que este vínculo entre el arte de la música y la aristocracia no es nuevo en estos predios, pues va para cuatro años que enrocábamos un par de entradas, Los Torroja: Arquitectura, música y aristocracia.

Por ellas sabíamos que el título nobiliario le viene vía abuelo paterno, Eduardo Torroja Miret (1899-1961), a quien el dictador Francisco Franco (1892-1975) distinguió en 1961, otorgándole el marquesado de Torroja a título póstumo, lo hizo en reconocimiento por su trayectoria profesional como ingeniero civil. Es decir, de la ciencia al arte pasando por la aristocracia.

Un título que heredó su hijo José Antonio Torroja Cavanillas (1933-2021), II marqués de Torroja, y el pasado diciembre, tras su fallecimiento, la cantante reclamaba y ahora es la titular como III marquesa de Torroja.

Nulos privilegios

Le supongo al tanto de esta movida aristocrática. Vaya por delante que, hoy en día, estar en posesión de un título nobiliario, como el de marquesa, no otorga ningún tipo de privilegio oficial y visible.

Es lo que viene establecido en la Ley 33/2006, de 30 de octubre, sobre igualdad del hombre y la mujer en el orden de sucesión de los títulos nobiliarios. La normativa vigente establece que: “actualmente la posesión de un título nobiliario no otorga ningún estatuto de privilegio, al tratarse de una distinción meramente honorífica cuyo contenido se agota en el derecho a usarlo y a protegerlo frente a terceros”.

Se trata además de una concesión nobiliaria honorífica que tiene también como finalidad, “mantener vivo el recuerdo histórico al que se debe su otorgamiento, razón por la cual la sucesión en el título queda vinculada a las personas que pertenezcan al linaje del beneficiario de la merced”. O sea.

Y algunas complicaciones

Porque no queda ahí la cosa, pues pintan bastos para estos reconocimientos franquistas y el ‘sanchecismo’ imperante. Es probable que el lector atento y avisado, de los que no faltan en este predio, los recuerde pero, por si no es el caso y a fin de no iterarme, les remito a ellos: ‘Títulos nobiliarios franquistas y ley de memoria democrática’ ; ‘Sanchecismo’, Calvo y humanidades ; Científicos, nobles y españoles. Siglo XX’. (Continuará)

 

 


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