jueves, 15 de octubre de 2020

Títulos nobiliarios, franquismo y Ciencia (2)

(Continuación) Marqués de Ramón y Cajal (1952), concedido a título póstumo a favor de Santiago Ramón y Cajal, Premio Nobel de Fisiología o Medicina en 1906.

Antes de llegar a los amenes. Conde de la Cierva (1954), a favor de Juan de la Cierva y Codorníu inventor del autogiro aparato precursor del helicóptero. Conde de Fenosa (1955), a favor de Pedro Barrié de la Maza y uno de los pocos títulos con nombre de empresa. Condesa del Castillo de la Mota (1960), a favor de Pilar Primo de Rivera. Marqués de Kindelán (1961), a favor de Alfredo Kindelán militar y aviador considerado fundador del actual Ejército del Aire.

Marqués de Torroja (1961), concedido a título póstumo a favor de Eduardo Torroja Miret ingeniero de caminos y abuelo de Ana Torroja, vocalista del desaparecido grupo musical Mecano. Príncipe de España (1969), a favor del entonces príncipe Juan Carlos de Borbón (1938), posteriormente Rey de España (1975-2014).

Y ya en el tardofranquismo. Duque de Carrero Blanco (1973), concedido a título póstumo a Luis Carrero Blanco. Conde de Maeztu (1974), concedido a título póstumo a favor de Ramiro de Maeztu escritor que da nombre al instituto en el que estudió el actual presidente Sánchez. Estas cosas pasan y algunos lo llaman justicia poética, después me explico.

Hasta donde me consta, todos estos títulos concedidos, creados o rehabilitados por Franco se encuentran en activo y, casi todos, con titulares que suelen ser sus descendientes directos. Pero antes de seguir, permítame un inciso. Salvando las distancias entre ambos reconocimientos, no confundir churras con merinas, pero ya que uno de los citados goza de la doble titulación, resaltar una diferencia de naturaleza temporal entre un título nobiliario español y el internacional Premio Nobel: el galardón sueco no se puede conceder a título póstumo. Gracias y sigo.

‘Ley de memoria democrática’

En la actualidad, desde 1978, los títulos nobiliarios están reglamentados por el artículo 62, apartado f, de la Constitución Española, que regula la prerrogativa del rey a conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes. Y por supuesto no han dejado de producirse todo tipo de cambios sociales, cada uno de los cuales ha venido con su propio afán y en el que cada hombre (masculino genérico) ha puesto su particular empeño.

El afán, plasmado en la ‘Ley de memoria democrática’, aunque es este año cuando ha empezado a tomar carta de naturaleza, en realidad ya hizo sus primeros movimientos en 2018 y fue en el verano del año pasado cuando el grupo parlamentario socialista registraba una proposición de ley, cuyo artículo cinco instaba a crear un catálogo de títulos nobiliarios que simbolizara la “exaltación de la Guerra Civil española y la dictadura franquista” para proceder a su supresión. Malos tiempos para la lírica, que dijo el rapsoda. (Continuará)


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1 comentario :

Anónimo dijo...

me tiene sorprendido con la entrada. A ver dónde llega